Calculo de indemnizacion por latigazo cervical

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En los accidentes de tráfico es frecuente que alguno de los conductores o pasajeros implicados en el siniestro termine en el hospital dónde se le hará el diagnostíco de un latigazo cervical (también conocido como Esguince Cervical), se trata de una importante lesión que no hay que banalizar, pues en muchos casos nos encontramos con que las secuelas de los latigazos cervicales son importantes y es fundamental tener en cuenta que hay que hacer el calculo de la indemnizacion por latigazo cervical teniendo cada punto de secuela muy presente, pues incrementarán la indemnización final a percibir de forma muy importante.



La Indemnizacion por latigazo cervical

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Si sufrimos un accidente de tráfico lo primero que hay que hacer, y no nos cansaremos de repetirlo es guardar cuidadosamente toda la información del mismo, hablamos de información del siniestro (parte amistoso, atestado de la policia, datos de los testigos, de las víctimas, etc) y la información medica de las víctimas (parte de atención en el lugar del accidente, informes del hospital, facturas de rehabilitación, etc).

Si tienes molestias en el cuello por un latigazo cervical y no acudes en 72 horas al hospital podrías perder el derecho a tu indemnización
 Así nos lo confirman desde el despacho de abogados de IXA (Indemnización por Accidente) , las aseguradoras se están amparando en el polemico artículo 135 del baremo de accidentes que se aprobó en 2016 (y actualizado en 2018 en sus cuantías conforme a las pensiones) y que se está usando, según nos comentan, de forma poco objetiva por los seguros para tratar de no pagar la indemnizacion por latigazo cervical a muchas víctimas que tienen derecho a ello.

Diagnóstico del latigazo cervical para poder reclamar una indemnización

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Para optar a una indemnización por latigazo cervical debemos obtener el diagnóstico objetivo de la lesión dentro de las 72 horas posteriores a sufrir el accidente de tráfico, para llegar a esta, el especialista, un médico traumatólogo, utilizará diferentes técnicas, como la exploración del paciente, la radiografía o una resonancia magnética de forma que quede acreditada la existencia de un esguince cervical a consecuencia del accidente de tráfico. Las aseguradoras suelen ampararse en que el diagnóstico de esta lesión es poco objetivo,(es el propio paciente el que refiere dolor o dice que no puede mover el cuello) pero buenos abogados especialistas en latigazo cervical como los que os recomendamos tendrán suficiente con estas pruebas para lograr la máxima indemnización para ti.

Cálculo de la indemnización por esguince cervical

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Cálculo de la indemnización por latigazo cervical en 3 pasos

Vamos ya a ver cómo se calcula la indemnización por un latigazo cervical y otros traumatismos menores de la columna vertebral, para ello, vamos a ver primero los conceptos generales.

Una indemnización por esguince cervical puede variar mucho en sus cuantías según el grado de este, el tiempo de curación, las secuelas, por lo tanto, podríamos cobrar 2.500 € o más de 7000 €, depende de los casos, edad de la víctima y factores como los que vamos a ver y que os explicamos fácilmente sin términos legales complicados 
Alguno le llamarían cálculo de la indemnización por latigazo cervical para dummies

1- Días que tarda en curar el latigazo cervical

Aquí hay dos variables a tener en cuenta, la cantidad de días que nos requiera lograr la curación completa del latigazo cervical o que se alcance la estabilidad de la lesión (los abogados lo llaman estabilización lesional), quiere decir que se ha llegado a la recuperación máxima que se puede alcanzar y que, por tanto, por muchas sesiones de rehabilitación que recibamos o medicamentos que tomemos, no mejoraremos más.

Los días pueden ser de tres tipos en el latigazo cervical

  1. Perjuicio personal básico indemnizado en el latigazo cervical con 30,56 € /día
  2. Perjuicio particular moderado se paga a 52,96 €/día
  3. Perjuicio particular grave por el que corresponden 76,38 €/día
En un esguince cervical se suelen dar únicamente los dos primeros, y, a veces, el 3º de ellos (existe un cuarto perjuicio particular "muy grave" pero sería extremadamente raro que termináramos en la UCI por esto...

De los anteriores, podemos decir que el perjuicio particular moderado sería en el que el latigazo cervical nos impediría acudir a trabajar, estaríamos de baja laboral (antes días impeditivos), así los asimilan los seguros de coche. Si ya vamos a trabajar pero seguimos con dolores para nuestra vida cotidiana y tomando rehabilitación del esguince cervical, sería un perjuicio personal básico. En caso de que nos hubieran tenido que hospitalizar por las lesiones sufridas y perdieramos la autonomía personal para una parte importante de nuestras actividades sería un perjuicio particular grave.

2- Secuelas del latigazo cervical puntos de indemnización

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El latigazo cervical y otros traumatismos que afectan a la columna vertebral pueden dejar secuelas con relativa frecuencia y de distintos tipos (psicológicas, funcionales, dolores o algias, sensoriales, orgánicas) y que nos quedarán de por vida.

Estas secuelas deben ser correctamente valoradas por un perito médico experto en daño corporal e interpretadas para su cálculo (mediante puntuación en la Tabla 2.A.1 (ver imagen superior o en el BOE pag.400) del baremo médico que otorga los puntos que hay establecidos por cada secuela.

Son conceptos médicos, por lo que no tiene sentido que os describamos aquí cada una de ellas como hacen otras páginas, necesitaréis si o si un médico que las valore y certifique para poder reclamar la indemnización por secuelas del latigazo. 

En cualquier caso, decir que entras las más frecuentes en esta lesión vertebral se encuentran:

- Algias postraumáticas (cervicalgias)
- Limitación de movilidad

Con los distintos puntos obtenidos, en la tabla A.2.2. se cuantifica el valor de cada uno de estos puntos, es decir, se obtiene un valor económico para el total de las secuelas en función de la edad del lesionado.
valoracion economica secuelas


3- Indemnización por perjuicio patrimonial del latigazo cervical

Si hemos sufrido un esguince cervical de cierta intensidad puede que esto afecte a nuestra economía, o patrimonio, es decir, tengamos lo que los abogados especialistas en accidentes llaman Perjuicio patrimonial, que puede ser de dos tipos que explicamos, de nuevo, con palabras fácilmente entendibles por todos:
  1. Daño emergente, es decir, el perjuicio económico directo que nos implica el latigazo cervical, por ejemplo, el tener que coger un taxi cada día para ir al médico o la rehabilitación, la factura de las medicinas, del fisioterapeuta, etc.
  2. Lucro cesante, este sería un perjuicio económico "colateral" que se entiende muy bien con el ejemplo de un autónomo, pongamos fontanero, que durante 2 meses no puede trabajar, el lesionado sufre una pérdida o disminución de sus ingresos netos habituales fruto de su trabajo personal durante el periodo que dura la curación. Evidentemente, hay que acreditar esta pérdida objetivamente para poder reclamarla.

Ejemplo de cálculo de indemnización por latigazo cervical

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Vamos a poner el ejemplo de Sara N.R de 25 años de edad que circulaba con su pareja en coche por la carretera, al pararse en una rotonda, el vehículo que circula detrás conducido por D. Miguel R.H le embiste ocasionando a esta persona un fuerte latigazo cervical que la deja de baja durante 45 días y hasta los 3 meses en total sigue recibiendo rehabilitación para recuperarse de la lesión, finalmente, le quedan dolores en la zona cervical permanente fruto del latigazo cervical sufrido. Sara percibía un sueldo de 1800 € netos, pero durante esos tres meses se redujo en 150 € mensuales, perdiendo en total 450 € de su nómina habitual. En farmacia se ha gastado 30 € en diversos medicamentos. Y 300 € en transporte para acudir a sus sesiones de rehabilitación

La indemnización quedaría así:

- 45 días de baja laboral (perjuicio moderado)  x 52,96 € = 2383,2 €
- 45 días perjuicio básico (hasta recuperación completa) x 30,56 € = 1375,2 €
- Secuelas por los dolores (Algias postraumaticas) =  2.646,14 €
- Gastos de farmacia reclamables = 30 €
- Transporte necesario para rehabilitacion= 300 €
- Lucro cesante en su trabajo) = 450 €

En total percibirá de indemnización la suma de todas las cantidades anteriores = 7184 € de indemnización

¿Hay que pagar algo de impuestos de esta indemnización por accidente calculada?

Ya sabes que se cobran en total 7184 € por el latigazo sufrido ¿hay que descontar algo de esta cantidad? bien, por ley, las indemnizaciones percibidas por accidentes de tráfico están exentas de tributar en el IRPF, no ocurre así con otro tipo de indemnizaciones que podamos percibir por otros conceptos, en este caso, Sara percibió la cantidad íntegra.

¿Cuánto hay que pagar a los abogados de la indemnización?

Si no has contratado un abogado, posiblemente tu cantidad a cobrar será algo menor, porque la aseguradora se habrá asegurado, valga la redundancia, de reducir la cantidad que podrías percibir. Los abogados especialistas en accidentes de tráfico suelen cobrar un 20% de la indemnización que te consigan, así, aquí les correspondería cobrar algo más de 1.400 €, sin embargo, muchas pólizas de seguros (por no decir todas) incluyen la asistencia jurídica con libre elección de abogado, las cantidades varían, pero si te cubre hasta 1500 €, no pagarías nada, si te cubre 1000 €, pues les pagarías 400 €, si fueran 600 € pues tendrías que pagar 800 €.

Siempre compensa reclamar con un abogado, aunque les tengas que pagar algo será porque el importe que te han conseguido limpio para ti es mucho mayor que si lo tramitas directamente con la aseguradora.
Además, está el punto que mencionábamos de que las aseguradoras tratan de "escaquearse" amparándose en el artículo 135 del Baremo ¡no te dejes! consulta siempre, es gratis hacerlo...

Conclusiones sobre cómo calcular las indemnizaciones a percibir por accidentes de tráfico

Las resumimos en estos puntos fundamentales:
  1. Hay que tener en cuenta todo el periodo de recuperación desde el momento del accidente hasta la recuperación completa (o secuelas)
  2. Tienes derecho además de los días de baja a cobrar por cada día del periodo de recuperación del esguince cervical.
  3. Tienes derecho a reclamar los gastos que te ha ocasionado la lesión
  4. Si afecta a tus ingresos laborales, podrás reclamarlos también
  5. El cálculo no es del todo sencillo, ponte en manos de un abogado especialista en accidentes de circulación ¡te saldrá rentable!
  6. La seguradora no va a tratar de pagarte lo máximo, más bien al contrario...


1 comentario:

Anunciable.com.es dijo...

El cálculo para conseguir una indemnización es muy importante. Así de esta manera tenemos una base para poder saber lo que nos puede tocar. Aunque lo mejor es contactar con abogados especialistas en accidentes e indemnizaciones para que nos lleven nuestro caso.